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 I-601A Perdon: cómo presentar unperdon a Inmigracion EE. UU.

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 I-601A Perdon: cómo presentar unperdon a Inmigracion EE. UU.

 I-601A Exención provisional: cómo presentar una solicitud desde los EE. UU.

 

Usted puede presentar el formulario I-601A para perdonar su inadmisibilidad en los Estados Unidos por motivos de presencia ilegal. Los inmigrantes a los que se les prohíbe obtener una residencia permanente (tarjeta verde) pueden solicitar esta exención completando el formulario I-601A.

USCIS acepta este formulario si el motivo de inadmisibilidad se basa en la presencia ilegal. Los solicitantes elegibles son en su mayoría, pero no siempre, familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes, o ganadores de la Lotería de Visas de Diversidad. Los inmigrantes que solicitan este formulario eventualmente tienen que salir de los Estados Unidos y tener una entrevista con un oficial consular para obtener la visa de inmigrante. El formulario se puede presentar mientras el inmigrante está en los Estados Unidos antes de que se vaya a la entrevista consular.

Causales de Inadmisibilidad Basados ​​en Presencia Ilegal

  • El solicitante ha estado viviendo ilegalmente durante 180 a 365 días en los EE. UU. después de los 18 años antes de salir voluntariamente de los EE. UU. A estas personas no se les permite regresar a los EE. UU. por un período de 3 años;
  • El solicitante ha estado viviendo ilegalmente en los EE. UU. por más de 365 días después de la edad de 18 años antes de salir voluntariamente del país. Estas personas no pueden regresar a los EE. UU. durante 10 años.

Propósito de la exención I-601A

Antes de que estuviera disponible la exención I-601A, los inmigrantes no tenían otra opción que salir de los EE. UU. y asistir a una entrevista consular antes de solicitar la exención. Como los inmigrantes no tenían idea de si la exención sería aceptada o no, corrían el riesgo de quedar atrapados fuera de los EE. UU. La exención I-601A ayuda a promover la unidad familiar.

Cómo solicitar la exención I-601A en los EE. UU.

 

Cómo solicitar la exención I-601A en los EE. UU.

A continuación, se explica cómo solicitar la exención I-601A:

Primero debe tener una petición familiar (Formulario I-130) o una auto petición VAWA (Formulario I-360) aprobada.

El Centro Nacional de Visas (NVC) se comunicará con el solicitante y le informará sobre los próximos pasos. La tarifa de procesamiento también se comunicará al solicitante.

La solicitud del Formulario I-601A para la exención provisional de presencia ilegal se envía al USCIS. Los documentos requeridos y la tarifa, acompañarán esta solicitud.

USCIS informará al NVC una vez que apruebe la solicitud de exención provisional.

Luego, el solicitante puede salir de los EE. UU. y proceder con la entrevista para la visa de inmigrante en el extranjero.

En caso de que se deniegue la solicitud de exención provisional, el solicitante puede revisar las razones de la denegación, apelar o solicitar nuevamente.

Quién es elegible para la exención I-601A

Quién es elegible para la exención I-601A

 

Para ser elegible para la exención I-601A, debe demostrar dificultades extremas para su pariente calificado. Aquí hay más información que el solicitante debe asegurar:

  • Cumplir con otros requisitos de elegibilidad para una visa de inmigrante. Por ejemplo, debe pasar un control de salud y no tener condenas penales que lo descalifiquen;
  • Demostrar la presencia física del solicitante en los EE. UU. al presentar el Formulario I-601A;
  •  El Solicitante debe tener al menos 17 años de edad;
  • Tener un miembro de la familia elegible (padre o cónyuge) que sufrirá dificultades extremas si no se le perdona la presencia ilegal.

El solicitante debe poder proporcionar evidencia de que, en caso de denegación de la exención, el padre o cónyuge del solicitante sufrirá dificultades extremas.

Junto con el Formulario I-601A y la tarifa de procesamiento, el solicitante deberá presentar evidencia de elegibilidad en forma de documentos. También se recomienda encarecidamente una declaración personal detallada que describa las dificultades que enfrentará la familia del solicitante si se niega la exención.

¿Qué sucede después de la aprobación?

Una vez que se aprueba la exención I-601A, el solicitante se presenta a la entrevista en el Consulado o Embajada en el extranjero para una entrevista. Una vez que se aprueba la visa de inmigrante, el Consulado retiene el pasaporte del solicitante por un breve período de procesamiento. Después de unos días o semanas, el Consulado enviará el pasaporte que contiene la visa a través de DHL. Se enviará en un paquete sellado, también conocido como el “Paquete de Visa de Inmigrante”.

La visa será válida para ingresar a los EE. UU. durante cuatro meses. El solicitante recibirá la tarjeta de residencia física una vez que ingrese a los Estados Unidos con el sello de visa de inmigrante en el pasaporte.

En Resumen

El Formulario I-601A permite que ciertos inmigrantes soliciten una exención por su presencia ilegal en los EE. UU., sin salir del país. La exención I-601A está disponible para inmigrantes que tienen un padre o cónyuge que es ciudadano estadounidense o residente permanente que sufrirá dificultades extremas si no se aprueba la exención. Si se aprueba la exención, el solicitante puede salir de los Estados Unidos para la entrevista consular sin temor a que enfrente una prohibición de 3 o 10 años.

La exención I-601A se ocupa únicamente de un motivo de inadmisibilidad (presencia ilegal) según la ley de inmigración. La inadmisibilidad, en general, se refiere a la prohibición de obtener la visa estadounidense o la tarjeta verde.

Otros motivos de inadmisibilidad pueden deberse a un acto delictivo, fraude u otras violaciones de la ley de inmigración. Para esos tipos de inadmisibilidad, se encuentra disponible un perdón diferente. Consulte con nuestros abogados para conocer más sobre como sobrellevar estos impedimentos de admisibilidad.

Póngase en contacto con nuestra oficina hoy para hablar con uno de nuestros abogados de inmigración con experiencia. Nuestros abogados pueden guiarlo y asesorarlo con este complejo proceso. Puede llamarnos al (407) 818-1244 o enviar un correo electrónico a service@immigration-uni.com

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